Receta por principio activo

A partir del 1 de noviembre (2011) entra en vigor el Real Decreto Ley 9/2011, por el que se obliga a los médicos dentro del Sistema Nacional de Salud de España a indicar en sus prescripciones de medicamentos (recetas) el Principio Activo; y no, como hasta ahora, el denominado técnicamente Nombre de Fantasía, más conocido como Marca Registrada. La dispensación desde las Oficinas de Farmacia se realizará seleccionando el medicamento registrado con menor precio de coste, siempre que se ajuste a la dosis y forma galénica prescrita. El objetivo de esta medida es el ahorro de costes para el Sistema Nacional de Salud. Existe la posibilidad por parte de los médicos de obviar esta obligación, siempre que indiquen (y justifiquen) el texto "necesidad terapéutica", a fin de evitar que el farmacéutico sea quien decida, en última instancia, la marca que dispensará al paciente.

Aprovecho la entrada en vigor de este Real Decreto Ley para recuperar bajo el epígrafe Noticias de mi página web, dos artículos, ya publicados, sobre medicamentos genéricos: ¿Son equivalentes los medicamentos genéricos?; y, "Medicamentos genéricos: tercera vía". Invito a los visitantes y lectores, a enviar sus opiones sobre este Real Decreto Ley. Gracias de antemano por sus aportaciones.

Dr. José Manuel López Tricas

Farmacéutico especialista Farmacia Hospitalaria

Zaragoza